El Comité de Subastas de Divisas, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 7 del Convenio Cambiario N° 38 de fecha 19 de mayo de 2017, en concordancia con la Providencia Administrativa N° 001, de fecha 22 de mayo de 2017, que dicta las Normas Generales para las Subastas de Divisas a través de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM), en el marco de la estrategia cambiaria diseñada y establecida en el referido Convenio Cambiario; hace del conocimiento del público en general la realización de una subasta ordinaria de divisas, en los términos y condiciones que se especifican a continuación:
FECHA DE LA SUBASTA: 31 de agosto de 2017
FECHA Y HORA DE CIERRE DE LA SUBASTA: 30 de agosto de 2017 y 4:00 p. m.
BANDA: El rango de la banda móvil definida por el Directorio del Banco Central Venezuela en su sesión del 21 de agosto 2017 e informada al público en general, en su portal oficial, se encuentra en los siguientes límites:
- Límite superior: Bs. 3.445,00 x USD 1,00
- Límite inferior: Bs. 2.679,60 x USD 1,00
MÍNIMO DE POSTURA DE DEMANDA Y OFERTA:
- Persona Natural USD 50,00
- Persona Jurídica USD 1.000,00
FECHA Y HORA DE LA ADJUDICACIÓN: 31 de agosto de 2017 y 8:00 a. m.
Indispensable poseer los fondos disponibles; así como la comisión bancaria del 0,25 por ciento cuando se trate de postura de demanda de divisas para la fecha y hora indicada. En caso contrario, será rechazada la postura y suspendido para participar en el sistema de subasta por treinta días.
FECHA DE PUBLICACIÓN DE RESULTADOS: 1 de septiembre de 2017
FECHA VALOR (LIQUIDACIÓN): 4 de septiembre de 2017
REQUISITOS PARA PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS
- Registrarse en el sistema;
- Suministrar información referente a:
- Identificación;
- Registro de Información Fiscal;
- Domicilio y dirección;
- Cualquier otra que sea requerida;
- Realizar una Declaración jurada de proveniencia y destino de fondos, con base a los formularios suministrados por el sistema informático;
- Poseer cuenta bancaria tanto en moneda nacional como extranjera en el sistema financiero nacional;
- Estar solvente con las obligaciones fiscales y tributarias nacionales; y con la seguridad social.
En los casos en que la postura de demanda de divisas se encuentre por debajo del Tipo de Cambio resultante de esta subasta, quedará excluida de la misma. En consecuencia, su postura no aparecerá en ningún listado, porque la misma no calificó para participar.
Caracas, 29 de agosto de 2017
Es de resaltar lo previsto en el artículo 9 del Convenio cambiario N° 38 que reza: “Las personas naturales, podrán adquirir durante
cada trimestre calendario un monto máximo de 500 USD y las personas jurídicas podrán adquirir mensualmente el equivalente al
30% del ingreso bruto promedio mensual actualizado declarado en el Impuesto Sobre La Renta en el ejercicio fiscal inmediatamente
anterior, hasta un monto máximo equivalente de 400.000 USD.”
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